• Todos los empresarios que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997; todavía se aplica la Ley 1973 del IMSS

REDACCIÓN

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA) delegación Tabasco, presidida por la Lic. Carla Emilia Morales Ariza, llevó a cabo la plática: ¿Sabes cuáles son los beneficios de tener una pensión mensual calculada?, la cual fue presentada por el Lic. José Luis Jiménez Peñaloza, Director de Ángel Fénix Consultores.

La Lic. Carla Emilia Morales Ariza, dio la bienvenida a los asistentes donde dijo que esta plática tuvo el objetivo de informa a los empresarios como pueden cotizar para genera una pensión de retiro la cual es la mejor decisión para el futuro.

Durante su exposición Jiménez Peñaloza, manifestó que como empresarios también tiene derecho a una pensión, esto si fue inscrito al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 01 de julio de 1997 tiene derecho a elegir pensionarse; la mejor modalidad es la Ley de 1973.

Aunque no genere un promedio salarial de los últimos 5 años esto correspondiente a la ley de 1973; La manera de como cotizar el promedio del sueldo declarado al IMSS en los últimos cinco años, se multiplica por el factor porcentual del segundo año cotizado.

La Modalidad 40 es un esquema previsto en la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y brinda la posibilidad a los trabajadores que dejaron de cotizar la oportunidad de pensionarse, aumentar las semanas de cotización o aspirar a una mejor pensión.

José Luis Jiménez, dijo que de este modo no dañan los recursos de la empresa y pueda subsistir al heredarla a las nuevas generaciones. Sin embargo, manifestó que consisten en ser empleado por un año esto acorde a la Ley del Impuesto sobre la Renta (Art. 151) tienes el derecho de que tus ahorros para el retiro sean deducibles de impuestos, donde puede cotizar con $395.00 mensual, después de 5 años se tiene que subir el salario sin rebasar las 25 UMA para tener $6.652.00 al mes.

Diferencia entre las leyes de 1973 y 1997

Mientras que con la ley del IMSS de 1973 el dinero de las pensiones proviene del promedio del salario de los últimos 5 años laborales del trabajador, con la ley del IMSS de 1997 se optó por un sistema que se mantiene por sí mismo. De esta forma, el dinero que se acumula para la pensión depende en gran parte del ahorro de cada trabajador.

La forma de administrar tu pensión bajo el régimen de 1973 el pago de la pensión se realiza a través del Gobierno Federal, al estar con la ley de 1997 el pago de la pensión se da por medio de una aseguradora o Afore.

¿Cómo saber cuál es tu régimen?

Ley del IMSS de 1973. Si te diste de alta por primera vez en el IMSS antes 1ro de julio de 1997, perteneces a este régimen.

Para pensionarte bajo esta ley debes:

  • Tener 60 años o más.
  • Contar con un mínimo de 500 semanas reconocidas ante el IMSS.
  • Ley del IMSS del 1997

Por otro lado, si te diste de alta por primera vez en el IMSS después del 1ro de julio de 1997, te encuentras bajo el régimen de la ley del 97.

Para pensionarte bajo esta ley debes:

  • Contar con un mínimo de 1250 semanas de cotización
  • Tener de 60 a 65 años
  • Todos los derechos vigentes.

Si perteneces al régimen del IMSS de 1997, tendrás que administrar tu ahorro para el retiro en la Afore de tu elección y así obtener rendimientos para tu futuro.

José Luis Jiménez, dijo que por eso Ángel Fénix Consultores, tiene el objetivo y el compromiso para que tengan una mejor pensión para tu retiro. Por lo cual está ofreciendo accesorias gratuitas a todos los afiliados a CANACINTRA para que cotice tu pensión pueden contactarlos al 993 101 8333 o  al 993 235 9724 o bien al correo angelfenix.consultores@gmail.com.

Para finalizar la titular de CANACINTRA, agregó que es muy interesante conocer la mejor manera de administrar la pensión de retiro; de igual manera agradeció la asistencia de los 50 participantes a esta plática.